Dictado de talleres presenciales de hasta 10 personas con previa presentación de protocolo, permanencia en espacios públicos en grupos de hasta cinco personas, la realización de ferias y mercados a cielo abierto, y extensión del horario de espacios gastronómicos rigen desde este viernes según decreto municipal.
La Municipalidad de San José del Rincón informa que desde este viernes se habilitan nuevas actividades vinculadas al dictado de talleres presenciales, a la permanencia en espacios públicos y a la realización de ferias y mercados a cielo abierto.
Según lo establecido por decreto municipal, se autoriza a partir del 9 de octubre el dictado de talleres de enseñanza de expresiones y disciplinas artísticas en espacios colectivos, instituciones o establecimientos, ya sea en forma particular por un docente o por artista, y que no impliquen una concurrencia simultánea de más de diez personas y limitando la ocupación de los espacios a una persona cada dos metros cuadrados de espacio circulable. En cada caso, el desarrollo de esta actividad estará sujeto a la previa aprobación por la Secretaría de Gobierno y Políticas Territoriales de la propuesta y protocolo de funcionamiento que presente el responsable de cada actividad.
Además, a partir de este viernes se autoriza la permanencia en espacios públicos para la realización de actividades de esparcimiento individual o en grupos de hasta cinco personas como máximo, en el horario comprendido de 9 a 20. En todos los casos deberá cumplimentarse el uso obligatorio del cubrebocas, la higiene frecuente de manos con alcohol en gel o alcohol diluido y la prohibición de compartir elementos y utensilios. Al respecto, el decreto indica además que “en ningún caso podrán efectuarse eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente”.
También, las nuevas disposiciones habilitan el funcionamiento de ferias de artesanos, emprendedores y mercados a cielo abierto en el horario comprendido entre las 9 y las 20. Este tipo de actividad estará sujeta a la previa autorización de su realización en cada oportunidad en que se lleve a cabo, con aprobación de los protocolos de funcionamiento correspondientes, que deben presentarse por escrito con al menos 48 horas de antelación en sede municipal.
Finalmente, se autoriza la ampliación del horario de funcionamiento de 9 a 24 de bares, restaurantes y locales gastronómicos, “que cumplimentaren los recaudos del Decreto Provincial Nº 474/2020 y las disposiciones establecidas en el Decreto Municipal Nº 51/2020”, según se detalla en el decreto municipal.